Inicio › Artículos › 🌐 Cross-border

El tratado fiscal Canadá-EE. UU., explicado en lenguaje claro (2026)

⚠️ Aviso: Solo para fines informativos; no constituye asesoramiento fiscal, financiero, legal ni médico. Las cifras pueden estar desactualizadas o ser incorrectas; las reglas fiscales cambian con frecuencia. Verifique las decisiones importantes con la CRA/el IRS o un profesional calificado (para temas de salud, un profesional de la salud autorizado). Usted usa esta información bajo su propio riesgo.
La respuesta corta

El Convenio entre Canadá y los Estados Unidos de América con respecto a impuestos sobre la renta y sobre el capital — firmado en 1980 y enmendado por cinco protocolos, el más reciente en 2007 — es el documento más importante en la vida fiscal transfronteriza. Decide qué país puede gravar qué, limita las retenciones que de otro modo aplicarían, y desempatar cuando ambos países lo reclaman. Esto es lo que realmente hace, artículo por artículo, sin jerga legal.

Qué es el tratado (y qué no es)

El tratado no crea impuestos — los limita. Cada país mantiene su propia ley fiscal nacional; el tratado luego reemplaza partes específicas: limitar tasas de retención, asignar derechos de gravamen sobre pensiones e ingresos de empleo, y proporcionar un desempate para residentes duales. Si el tratado guarda silencio sobre algo, la ley nacional aplica en pleno.

El texto completo tiene 26 artículos más protocolos. Para individuos, unos ocho de ellos hacen el 95 % del trabajo.

Artículo IV: el desempate de residencia

Cuando ambos países lo reclaman como residente fiscal — la situación clásica del año de llegada o de salida — el Artículo IV(2) aplica una prueba estrictamente ordenada. Baja por la lista y se detiene en el primero que lo decida:

  1. Hogar permanente — ¿dónde tiene un lugar permanente para vivir? Si es solo un país, ese país gana.
  2. Centro de intereses vitales — si tiene un hogar permanente en ambos (o en ninguno), ¿dónde son más cercanas sus relaciones personales y económicas? Familia, trabajo, vida social, dónde se gestiona su dinero.
  3. Morada habitual — si eso no es concluyente, ¿dónde vive habitualmente día a día?
  4. Ciudadanía — si aún empatado, el país de su ciudadanía gana.
  5. Acuerdo mutuo — si es ciudadano de ambos o de ninguno, las dos autoridades fiscales lo resuelven entre ellas (el procedimiento de "autoridad competente").

En la práctica, casi todos los casos de recién llegados se deciden en el paso 1: firme un alquiler de 12 meses en Toronto y Canadá gana. El desempate solo importa porque las reglas nacionales de ambos países lo reclamaron primero — el tratado luego elige un ganador, y el perdedor debe ceder su reclamo (generalmente vía créditos por impuesto extranjero o exención).

La cláusula de salvaguardia: la carta de triunfo de EE. UU.

Enterrada en el Artículo XXVI B(1) está la cláusula de salvaguardia: Estados Unidos se reserva el derecho de gravar a sus ciudadanos y residentes como si el tratado no existiera, con solo unas pocas excepciones listadas. Por eso mudarse a Canadá no termina sus obligaciones de declaración ante el IRS, y por eso los beneficios del tratado para ciudadanos estadounidenses son más estrechos de lo que parecen.

Canadá tiene una disposición espejo, pero importa menos en la práctica porque Canadá no grava a ciudadanos no residentes. El resultado práctico: si es ciudadano estadounidense viviendo en Canadá, el tratado le ayuda principalmente a través de tasas de retención reducidas y créditos por impuesto extranjero, no a través de exenciones del impuesto estadounidense.

Tasas de retención: los números que le ahorran dinero real

Sin el tratado, el ingreso de inversión transfronterizo enfrenta la retención estatutaria completa de cada país — típicamente 30 % en EE. UU. y 25 % en Canadá. El tratado limita estas:

IngresoTasa del tratadoArtículoSin tratado
Dividendos (cartera, individuos)15 %X(2)(b)30 % EE. UU. / 25 % CA
Dividendos (compañía con ≥10 % de acciones con voto)5 %X(2)(a)30 % / 25 %
Intereses (general)0 %XI (Quinto Protocolo)30 % / 25 %
Regalías: derechos de autor, software, patentes, know-how0 %XII(3)30 % / 25 %
Regalías: marcas, películas/TV, alquiler de equipo10 %XII(2)30 % / 25 %
Pagos periódicos de pensión15 %XVIII(2)25 % CA / 30 % EE. UU.
Retiros globales de pensión/RRSP25 % (sin reducción)XVIII25 % / 30 %

Tres cosas a notar. Primero, la tasa de interés del 0 % es obra del Quinto Protocolo — antes de 2007, los intereses estaban limitados al 15 %, y resúmenes antiguos que aún circulan en internet dicen 15 %. Están desactualizados. Segundo, las tasas reducidas no son automáticas: un canadiense que recibe dividendos estadounidenses obtiene 15 % en lugar de 30 % solo con un Formulario W-8BEN válido archivado con el pagador; un residente estadounidense que recibe pagos canadienses generalmente presenta el Formulario NR301 con el pagador canadiense. Sin papeleo, sin tasa del tratado. Tercero, las sumas globales no obtienen clemencia — liquidar un RRSP como residente estadounidense significa la retención canadiense completa del 25 %.

Artículo XV: ingreso de empleo y la regla de 183 días

Los salarios son gravables donde el trabajo se realiza físicamente — no donde está el empleador ni donde vive. Pero el Artículo XV(2) da una excepción: si trabaja temporalmente en el otro país, el país de residencia conserva el derecho exclusivo de gravamen cuando:

  • (a) el pago es de $10 000 o menos (en la moneda del país de trabajo) para el año; o
  • (b) está presente en el país de trabajo por 183 días o menos en cualquier período de 12 meses y el pago no es asumido por un empleador residente o un establecimiento permanente allí.

Todas las condiciones en (b) deben cumplirse juntas. Un empleado estadounidense enviado a un sitio de cliente en Toronto por 150 días aún es gravable en Canadá si el salario se carga a la subsidiaria canadiense — la condición del empleador falla. Los días cuentan generosamente: cualquier parte de un día físicamente presente cuenta, incluidos fines de semana y días de vacaciones.

Este artículo es la columna vertebral legal de todo arreglo transfronterizo de trabajo remoto — y la razón por la que los departamentos de nómina pierden el sueño.

Artículo XVIII: pensiones y cuentas de jubilación

Las pensiones (incluidos RRSPs, RRIFs, 401(k)s e IRAs, cada una con matices específicos del tratado) generalmente son gravables solo en el país de residencia — pero el país de fuente puede retener hasta 15 % en pagos periódicos. Las sumas globales, como se señaló, no obtienen límite. El Artículo XVIII(7) prevé la importantísima elección de diferimiento: un residente estadounidense con un RRSP puede diferir el impuesto estadounidense sobre el crecimiento interno hasta la distribución (ahora automático bajo el Procedimiento de Ingresos 2014-55 del IRS), y un residente canadiense con un Roth IRA puede elegir tratamiento de pensión para preservar su crecimiento libre de impuestos (una presentación única, sensible a plazos — vea nuestra guía Roth IRA).

Autoridad competente: cuando el tratado falla

Si cree que uno o ambos países lo están gravando en contra del tratado — doble tributación que el sistema de crédito por impuesto extranjero no corrigió, o una disputa de tipo precios de transferencia — el Artículo XXVI le permite peticionar a la autoridad competente de su país de residencia. Las dos autoridades luego negocian directamente. Es lento (los casos rutinariamente toman 2+ años) pero es el tribunal de último recurso integrado del tratado, y no cuesta nada invocarlo.

Limitación de beneficios: mayormente no es su problema

El Artículo XXVI A contiene reglas de limitación de beneficios (LOB) que niegan beneficios del tratado a entidades creadas principalmente para aprovechar tratados. Para individuos que reciben dividendos, intereses o pensiones en el curso ordinario, LOB rara vez muerde — pero si está canalizando ingresos a través de compañías holding, obtenga asesoría.

Cómo reclamar realmente los beneficios del tratado

  • Canadiense que recibe ingreso de EE. UU.: presente el Formulario W-8BEN con cada pagador/corredor estadounidense. Revíselo cada tres años — expiran.
  • Residente estadounidense que recibe ingreso canadiense: presente el Formulario NR301 (individuos) con el pagador canadiense para autorizar la retención reducida.
  • Pensión/pagos periódicos: los mismos formularios, más confirme que el pagador tiene su certificación de residencia actual.
  • Certificados de residencia: el IRS emite el Formulario 6166; la CRA emite cartas de residencia a solicitud. Algunos pagadores los exigen.

Guarde copias de todo. Los reclamos del tratado son lo primero que un auditor pregunta, y "mi corredor lo manejó" no es documentación.

Preguntas frecuentes

¿El tratado significa que solo declaro en un país?

No — este es el malentendido más común. El tratado asigna derechos de gravamen; no fusiona los sistemas de declaración. Los ciudadanos estadounidenses declaran en ambos países cada año. El tratado previene la doble tributación (vía créditos y límites de tasas), no la doble declaración.

¿Qué versión del tratado aplica — veo referencias a 1980, 1995, 2007?

Todas. El convenio de 1980 enmendado por cinco protocolos (1983, 1984, 1995, 1997, 2007) es un documento consolidado único. El Quinto Protocolo de 2007 hizo los mayores cambios modernos: retención de intereses al 0 % y la tasa de dividendo directo al 5 %.

¿Puede una provincia o estado invalidar el tratado?

No. Los tratados fiscales son federales. Pero los estados y provincias tienen sus propias reglas de residencia e impuestos que el tratado no cubre por completo — el enfoque de California hacia ex residentes, por ejemplo, es un problema de ley estatal que el tratado no resolverá por usted.

Soy ciudadano dual. ¿El tratado me trata diferente?

La cláusula de salvaguardia significa que EE. UU. lo grava como ciudadano sin importar. Para Canadá, la ciudadanía dual por sí sola no lo hace residente — los vínculos residenciales sí. En un desempate que llegue al paso 4 (ciudadanía), ser ciudadano de ambos lleva la decisión al acuerdo mutuo.

Fuentes

  • Gobierno de Canadá, Convention Between Canada and the United States (texto consolidado): https://www.canada.ca/en/department-finance/programs/tax-policy/tax-treaties/country/united-states-america-convention-consolidated-1980-1983-1984-1995-1997-2007.html
  • Internal Revenue Service, Publication 597 — Information on the United States–Canada Income Tax Treaty: https://www.irs.gov/publications/p597
  • Internal Revenue Service, United States–Canada Income Tax Convention (texto del tratado): https://www.irs.gov/pub/irs-trty/canada.pdf
Compartir
('Disclaimer — please read. This article is for general information and educational purposes only. It is not tax, accounting, legal, financial, immigration, medical, dental, or health advice, and reading it does not create a professional or client relationship between you and Llandora. Tax and immigration rules change frequently and differ by country, province/state, and personal circumstances; figures, thresholds, and examples in this article may be outdated, incomplete, or incorrect, and may not apply to your situation. Always verify current rules with the official sources (CRA, IRS, IRCC, USCIS) and consult a licensed professional before making any decision. Content about health, medical, or dental topics is general information only and is not a substitute for professional medical advice, diagnosis, or treatment — always seek the advice of a qualified healthcare provider with any questions about a medical condition. Llandora makes no warranty of any kind — express or implied — about the accuracy, completeness, reliability, or timeliness of this content. To the fullest extent permitted by law, Llandora disclaims all liability for any loss, damage, cost, or expense arising from errors or omissions in this article or from any action taken or not taken in reliance on it, whether direct, indirect, incidental, or consequential. You rely on this article entirely at your own risk.', 'Disclaimer — please read. This article is for general information and educational purposes only. It is not tax, accounting, legal, financial, immigration, medical, dental, or health advice, and reading it does not create a professional or client relationship between you and Llandora. Tax and immigration rules change frequently and differ by country, province/state, and personal circumstances; figures, thresholds, and examples in this article may be outdated, incomplete, or incorrect, and may not apply to your situation. Always verify current rules with the official sources (CRA, IRS, IRCC, USCIS) and consult a licensed professional before making any decision. Content about health, medical, or dental topics is general information only and is not a substitute for professional medical advice, diagnosis, or treatment — always seek the advice of a qualified healthcare provider with any questions about a medical condition. Llandora makes no warranty of any kind — express or implied — about the accuracy, completeness, reliability, or timeliness of this content. To the fullest extent permitted by law, Llandora disclaims all liability for any loss, damage, cost, or expense arising from errors or omissions in this article or from any action taken or not taken in reliance on it, whether direct, indirect, incidental, or consequential. You rely on this article entirely at your own risk.', "Avertissement — à lire attentivement. Cet article est fourni à titre informatif et pédagogique uniquement. Il ne constitue pas un conseil fiscal, comptable, juridique, financier, en immigration, médical, dentaire ou en santé, et sa lecture ne crée aucune relation professionnelle ou client entre vous et Llandora. Les règles fiscales et d'immigration changent fréquemment et varient selon le pays, la province/l'État et la situation personnelle ; les chiffres, seuils et exemples de cet article peuvent être obsolètes, incomplets ou inexacts, et peuvent ne pas s'appliquer à votre situation. Vérifiez toujours les règles en vigueur auprès des sources officielles (CRA, IRS, IRCC, USCIS) et consultez un professionnel agréé avant de prendre toute décision. Les contenus relatifs à la santé, à la médecine ou aux soins dentaires sont fournis à titre informatif uniquement et ne remplacent pas un avis médical professionnel, un diagnostic ou un traitement — consultez toujours un professionnel de la santé qualifié pour toute question d'ordre médical. Llandora n'offre aucune garantie, expresse ou implicite, quant à l'exactitude, l'exhaustivité, la fiabilité ou l'actualité de ce contenu. Dans toute la mesure permise par la loi, Llandora décline toute responsabilité pour toute perte, tout dommage, tout coût ou toute dépense découlant d'erreurs ou d'omissions dans cet article ou de toute action entreprise ou non entreprise sur la foi de son contenu, qu'ils soient directs, indirects, accessoires ou consécutifs. Vous vous fiez à cet article entièrement à vos propres risques.", 'Aviso legal — léalo con atención. Este artículo es solo para fines informativos y educativos. No constituye asesoramiento fiscal, contable, legal, financiero, migratorio, médico, dental ni de salud, y su lectura no crea una relación profesional o de cliente entre usted y Llandora. Las reglas fiscales y migratorias cambian con frecuencia y varían según el país, la provincia/estado y las circunstancias personales; las cifras, umbrales y ejemplos de este artículo pueden estar desactualizados, incompletos o ser incorrectos, y pueden no aplicarse a su situación. Verifique siempre las reglas vigentes con las fuentes oficiales (CRA, IRS, IRCC, USCIS) y consulte a un profesional autorizado antes de tomar cualquier decisión. El contenido sobre temas de salud, médicos o dentales es solo información general y no sustituye el consejo, diagnóstico o tratamiento médico profesional: consulte siempre a un profesional de la salud calificado ante cualquier duda médica. Llandora no ofrece ninguna garantía, expresa o implícita, sobre la exactitud, integridad, fiabilidad u oportunidad de este contenido. En la máxima medida permitida por la ley, Llandora rechaza toda responsabilidad por cualquier pérdida, daño, costo o gasto derivado de errores u omisiones en este artículo o de cualquier acción realizada o no realizada basándose en él, ya sean directos, indirectos, incidentales o consecuentes. Usted confía en este artículo enteramente bajo su propio riesgo.')