Acabo de ser despedido con H-1B — ¿cuáles son mis opciones reales en los próximos 60 días?
Llandora·Actualizado 2026-10-14
⚠️ Aviso: Solo para fines informativos; no constituye asesoramiento fiscal, financiero, legal ni médico. Las cifras pueden estar desactualizadas o ser incorrectas; las reglas fiscales cambian con frecuencia. Verifique las decisiones importantes con la CRA/el IRS o un profesional calificado (para temas de salud, un profesional de la salud autorizado). Usted usa esta información bajo su propio riesgo.
La respuesta corta
Cuando su empleo H-1B termina, la regulación federal 8 CFR § 214.1(l)(2) les da hasta 60 días calendario consecutivos — o hasta el fin de su período de validez autorizado (su fecha I-94), lo que ocurra primero — para encontrar un nuevo patrocinador H-1B, cambiar a otro estatus de no inmigrante, o salir de Estados Unidos. Esta ventana es discrecional, no garantizada, y no les autoriza a trabajar. La acción que cuenta es una nueva petición o solicitud presentada dentro de la ventana — no una aprobada.
Qué es realmente el período de gracia de 60 días
El período de gracia fue creado por la regla del DHS de enero de 2017 sobre trabajadores altamente calificados (vigente el 17 de enero de 2017). Antes de eso, un trabajador H-1B técnicamente caía fuera de estatus en el momento en que terminaba el empleo. La regulación ahora dice que no se considera que hayan dejado de mantener el estatus de no inmigrante únicamente por el cese del empleo durante hasta 60 días consecutivos — siempre que DHS no lo acorte o elimine por discreción.
Límites clave, todos de la propia regulación:
Regla
Qué significa
Duración
Hasta 60 días calendario consecutivos (fines de semana y feriados cuentan)
Límite estricto
Termina en lo que ocurra primero: el día 60 o su fecha de vencimiento I-94
Frecuencia
Una vez por período de validez autorizado — cambiar de empleador no lo reinicia
Trabajo
No autorizado a menos que se autorice por separado bajo 8 CFR 274a.12
Discreción
DHS puede acortarlo o eliminarlo; la decisión se toma cuando USCIS adjudica su próxima presentación
Dependientes
Los cónyuges e hijos H-4 están cubiertos solo a través del trabajador principal
Desarrollo importante, con fecha: el 11 de septiembre de 2026, DHS publicó una regla propuesta (RIN 1615-AD22, documento del Federal Register 2026-18631, expediente USCIS-2026-0364) que eliminaría por completo este período de gracia. Los comentarios públicos cierran el 10 de noviembre de 2026. Al 14 de octubre de 2026, esto es solo una propuesta — no se ha finalizado, no existe fecha de vigencia, y las reglas actuales aún aplican a cualquiera despedido hoy.
Sus opciones reales, ordenadas por rapidez
1. Transferencia H-1B con un nuevo empleador (la más rápida). Un nuevo empleador presenta el Formulario I-129. Si la petición no es frívola y cumple los requisitos de portabilidad AC21 (INA § 214(n)), generalmente pueden empezar a trabajar para el nuevo empleador tan pronto como la petición se presente correctamente — no tienen que esperar el aviso de recibo. Esta es la vía más limpia: preserva su estatus H-1B continuamente y, si el I-94 en la aprobación está correctamente retroactivo, no hay ninguna brecha de estatus.
2. Cambio de estatus a otra categoría (I-539). Si no hay patrocinador a la vista, presenten el Formulario I-539 para cambiar a B-1/B-2 (visitante), H-4, u otra categoría para la que califiquen, antes de que expire la ventana. Una presentación oportuna y no frívola generalmente les permite permanecer en EE. UU. en un período de estadía autorizada mientras USCIS decide. El estatus B-2 no autoriza trabajo — trátenlo como una sala de espera legal, no un puente al empleo.
3. EAD por circunstancias apremiantes (si son elegibles). Si tienen un I-140 aprobado y cumplen los requisitos bajo 8 CFR 204.5(p), pueden solicitar un documento de autorización de empleo de un año que no los ata a un empleador específico. El procesamiento toma meses, así que presenten temprano; no resuelve una crisis del día 40.
4. Salgan de Estados Unidos. Salir antes de que termine la ventana preserva un registro limpio para futuras solicitudes de visa. Si se quedan de más y acumulan presencia ilegal, las barras de 3 y 10 años bajo INA § 212(a)(9)(B) pueden seguirlos.
Los documentos que necesitan esta semana
Su carta de despido (o correo electrónico) con el último día exacto de empleo
Su último recibo de pago que muestre el último día pagado
Su registro I-94 actual (recupérenlo del sitio web I-94 de CBP) — esta es la fecha que puede acortar sus 60 días
Su aviso de aprobación I-797 y el I-129 más reciente
Si tienen un I-140 aprobado, confirmación de la fecha de aprobación (el hito de 180 días importa para la portabilidad y la retención de la fecha de prioridad)
Preguntas frecuentes
¿El período de gracia extiende mi sello de visa o mi I-94?
No. No extiende la viñeta de visa en su pasaporte ni su período autorizado de admisión. Solo significa que USCIS puede tratarlos como si hubieran mantenido estatus legal durante la ventana. Si su I-94 vence el día 20, efectivamente tienen 20 días, no 60.
¿Mi cónyuge puede seguir trabajando con un EAD H-4 durante el período de gracia?
No. Un EAD H-4 está atado al estatus H-1B válido del principal. Una vez que termina el empleo H-1B, el cónyuge H-4 tampoco está autorizado a trabajar durante el período de gracia.
8 CFR § 214.1(l)(2) — text of the discretionary up-to-60-day grace period (effective January 17, 2017)
USCIS Policy Manual, Grace Periods — worker remains in a valid grace period even after employment ends
Federal Register document 2026-18631 (RIN 1615-AD22, docket USCIS-2026-0364) — proposed rule to eliminate the grace period, comments due November 10, 2026
USCIS Form I-539 guidance: https://www.uscis.gov/i-539
Figures verified against two or more of: the regulation text, USCIS Policy Manual guidance, and Federal Register notices, as of October 14, 2026.
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